martes, 18 de mayo de 2010

De la firma dactilar a la firma electrónica.

Al escuchar a la gente en distintos ámbitos, incluso abogados, se oye decir frecuentemente: "su huella digital por favor", en materia penal por ejemplo, al indiciado se le indica poner su hella digital, lo cual es un mal uso del lenguaje, ya que las huellas que tenemos en cada uno de los dedos son dactilares y no digitales, no tiene que ver con elementos externos para que exista la huella como tal, es un rasgo característico de cada persona.
En muchas de las veces para validar un documento es importante que contenga la firma utógrafa de quien lo emite, atribuimos el valor en razón del contenido de la firma, y cuando la persona no sabe leer o escribir, entonces se le pide que impregne su huella del anular derecho.
En busca de la seguridad jurídica es que se han implementado sistemas sofisticados que permiten identificar con un menor riesgo de quién estamos hablando cuando de actos jurídicos se trata, y para ello se innovó creando la firma electrónica avanzada, la cual se refiere a una serie de lenguaje que implica el uso de distintos símbolos (letras y números) y que sólo conoce el que emite la firma. Esto es más seguro pero no falta quien por naturaleza siempre busque la forma de violentar el sistema; mientras tanto es una forma material de garantizar que los actos celebrados en donde esté involucrada la firma electrónica, sean los que efectivamente haya emitido la persona física o moral, ya que cualquiera de estos entes puede ejercer este derecho, sobre todo en custiones de comercio que es donde más constantemente se emplea este tipo de tecnología.
¿Quién iba a pensar hace algunos años que lo tecnológico sustituiría características únicas como una huella dactilar?

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